DIRECTIVO DE PRODUCTOS DE TABACOS
ICE Vape España garantiza que todos los productos ofrecidos en la tienda cumplen 100% con la TPD (Tobacco Products Directive), tanto europea como en su transposición española en el RD579/2017 del 9 de junio, por el que se regulan determinados aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados, y fijaba como obligatorio cumplimiento de comercialización para todos los paises de la UE desde su aprobación el 19 de mayo de 2014 los siguientes aspectos:
- Edad de venta permitida: 18 años
- Lugares de uso: se mantienen los ya aprobados en 2014, prohibidos por tanto en edificios de la administración pública, parques infantiles, colegios, hospitales y transporte público
- Venta on line: permitida
- Tipos de comercio: todos
- Venta transfronteriza: prohibida
Regulación de los productos
- Que el líquido que contiene la nicotina sea comercializado únicamente en envases de recarga cuyo volumen no sea superior a 10 ml, en dispositivos susceptibles de liberación de nicotina desechables o en cartuchos de un solo uso, y que el volumen de los cartuchos o depósitos no sea superior a 2 ml.
Nota: esto es aplicable según el ministerio de sanidad a cualquier atomizador completo tenga o no nicotina pero no a los depósitos. - Que el líquido que contiene la nicotina no contenga más de 20 mg/ml de nicotina.
- Que el líquido que contiene la nicotina no contenga ninguno de los aditivos no permitidos: Vitaminas y otros aditivos que creen la impresión de que un producto del tabaco reporta beneficios para la salud o reduce los riesgos para ésta, cafeína, taurina u otros aditivos y compuestos estimulantes asociados con la energía y la vitalidad, aditivos con propiedades colorantes durante la combustión, aditivos que faciliten la inhalación o la ingesta de nicotina, aditivos que tengan propiedades carcinogénicas, mutagénicas o reprotóxicas, en adelante CMR, sin combustión.
- Que en la fabricación del líquido que contiene la nicotina se usen sólo ingredientes de gran pureza, cuyos estándares de calidad hayan sido definidos por la farmacopea europea o similar.
- Que, con excepción de la nicotina, en el líquido que contiene la nicotina se usen sólo ingredientes que no sean peligrosos para la salud humana, tanto en forma caliente como fría.
- Que administren las dosis de nicotina de forma constante en las condiciones normales de uso.
- Que sean seguros para los niños e imposibles de manipular, que estén protegidos contra la rotura y los escapes y que tengan un mecanismo que permita un rellenado sin escapes.
- Además, los dispositivos susceptibles de liberación de nicotina deberán administrar las dosis de nicotina de forma constante en las condiciones normales de uso.
Etiquetado y envasado de los productos
Las unidades de envasado y el embalaje exterior de los dispositivos susceptibles de liberación de nicotina y envases de recarga de recarga deberán incluir una lista de todos los ingredientes que contenga el producto en orden descendente y una indicación del contenido de nicotina y su administración por dosis, el número de lote de fabricación y una recomendación de que se mantenga fuera del alcance de los niños.
Deberá llevar la siguiente advertencia sanitaria:
«Este producto contiene nicotina, una sustancia muy adictiva. No se recomienda su consumo a los no fumadores».
Además, las unidades de envasado y el embalaje exterior de los dispositivos susceptibles de liberación de nicotina y envases de recarga deberán incluir un folleto, redactado al menos en castellano, con información sobre:
- El uso y el almacenamiento, incluidos la advertencia de que el producto no se recomienda para consumo de jóvenes y no fumadores.
- Las contraindicaciones.
- Las advertencias a grupos de riesgo específicos.
- Los posibles efectos adversos.
- La adicción y toxicidad.
- Los datos de contacto del fabricante o importador y de una persona física o jurídica en la Unión Europea.